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2021-05-05
Por si aun no te has enterado, el gobierno de la Junta de Andalucia ha modificado el 27 de abril de 2021 la normativa que regula el impuesto de transmisiones patrimoniales, que es el impuesto que debe pagar la parte compradora de un inmueble.
Tambien se reduce el tipo a pagar los los documentos notariales sujetos al impuesto de Actos Juridicos Documentados (Hipotecas, DEclaraciones de obra nueva, etc).
En concreto los cambios son los siguientes:
Tipo de gravamen general para las transmisiones patrimoniales onerosas.
Con vigencia exclusiva para los hechos imponibles devengados desde la entrada en vigor de este decreto-ley hasta el día 31 de diciembre de 2021, para la modalidad deTransmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, quedarán sustituidas por un único tipo de gravamen general del 7%., en lugar del 8%, 9% o 10%, en función del precio de la compraventa.
Tipo de gravamen general para los documentos notariales.
Con vigencia exclusiva para los hechos imponibles devengados desde la entrada en vigor de este decreto-ley hasta el día 31 de diciembre de 2021, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el tipo de gravamen, aprobado mediante el Decreto legislativo 1/2018, de 19 de junio, será del 1,2%, en lugar del 1,50%, como hasta ahora.
Si quieres saber más, no dudes en consultarnos.
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2021-04-15
Son varias la ciudades europeas donde se esta demostrando que la intervención de los gobiernos en el mercado del alquiler no esta teniendo el resultado que estos esperaban.
La ultima ha sido Berlín, donde el Tribunal Constitucional Alemán ha tumbado el limite de precios en los alquileres.
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2021-04-12
Abre la Taberna La Plaza 1871 en el coso isleño. De momento, funcionará los fines de semana, y más adelante será escenario de exhibiciones de cocina con parrilladas de carne y pescado.
La plaza de toros de San Fernando ya está abierta para tomar un guiso o una media limeta de manzanilla… en el propio ruedo. La iniciativa de Albero Eventos, con Antonio Macías al frente, es al que ha hecho que abra la Taberna La Plaza 1871, cuyo nombre recuerda la antigüedad del coso isleño.
La Taberna se distribuye en varios espacios de la plaza. Está el salón privado llamado La Caballeriza, y después varios espacios descubiertos: la zona del pasillo central o zona de los barriles, el patio de cuadrillas y el propio ruedo, que hace las veces de terraza y hace que la capacidad del establecimiento pueda llegar hasta las 250 personas.
En este espacio se distribuyen mesas bajas y barriles donde se puede saborear comida tradicional. De momento, abre los viernes y sábados para almuerzos y cenas y los domingos para almuerzos, y a partir de junio abrirá todos los días. Para entonces, además, se quieren organizar exhibiciones de cocina en el ruedo con parrilladas de carne y pescado.
Mientras, esta singular taberna ofrece conservas de calidad de la provincia -cuentan con las isleñas Paquiqui y con conservas barbateñas- chacinas, queso y jamón también de la zona y guisos caseros, con platos de cuchara. Macías destaca el menudo, la carrillada, el atún encebollado o la urta a la roteña. Se trata de una cocina «tradicional y muy de la tierra» que se sirve en raciones y medias raciones, para que la gente «coma por derecho, y a unos precios únicos».
Uno de los detalles que han llamado la atención de los primeros clientes del establecimiento es la recuperación de la media limeta. La media limeta era la unidad de medida en muchas tabernas de Cádiz. Se trata de una botella de vino que normalmente se rellenaba del barril en el mismo establecimiento y con una medida parecida a la media botella de Jerez (0,375 litros). De hecho, incluso han conseguido recuperar algunas de las antiguas botellas a través de su proveedor de manzanilla, que es la E de Argüeso. En estas medias limetas se sirve la manzanilla en rama la E, y también Fino Granero o el Moscatel Gloria de Bodega Manuel Aragón.
Otra de las curiosidades es que el queso que ofrecen se elabora en San Fernando. Los quesos de la provincia provienen en su mayoría de la zona de La Sierra o La Janda interior; en la Bahía sólo estaba el de Los Hardales en Chiclana, pero la oferta gastronómica ha crecido gracias a la Carnicería Torrecilla, que ha creado una nueva línea (Precocinados D’Pepes) dentro de la que ofrece un queso emborrado con cuatro meses de curación. Este queso está consiguiendo un notable éxito entre los clientes de la Taberna La Plaza 1871, indica Macías.
El nuevo establecimiento también está ya preparado para acoger eventos (más información aquí) en los grandes espacios que brinda esta histórica plaza de toros.
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2021-04-10
Hoy en día, aumentan los propietarios (arrendadores) que han alquilado sus viviendas y ahora deben rendir cuentas con la Agencia Tributaria. “Los arrendadores deben declarar los ingresos que reciben por el alquiler de sus inmuebles, y sobre esta cantidad pueden restar algunos gastos que Hacienda considera justificables”, lo explicamos.
Según indica la Ley del IRPF, el propietario/ arrendador podrá beneficiarse de una reducción del 60% sobre el rendimiento neto del alquiler, tributando así el 40% restante.
¿Y que es el rendimiento neto? El propietario/arrendador restará todos los gastos relacionados con el alquiler para obtener el importe limpio (neto) que ha cobrado durante el año fiscal (del 1 de enero al 31 de diciembre) y a esa cantidad, le reducirá el 60%”. De este modo, al final solo computará el 40% del alquiler cobrado. “Para que el arrendador pueda beneficiarse de esta reducción, el inmueble debe utilizarse como vivienda del inquilino (o arrendatario) y no puede tener ninguna otra utilidad”.
Gastos que Hacienda entiendo como deducibles.
Como regula la Ley del IRPF, “hay una serie de gastos relacionados con el alquiler que el arrendador podrá descontarse, pero siempre deberán estar justificados”.
Los gastos de intervención de un Agencia Inmobiliaria por la formalización del contrato de arrendamiento, el consumo de suministros y servicios (electricidad, agua, etc., siempre que lo pague el propietario); los gastos de conservación y reparación de la vivienda entran en la lista de deducciones que el propietario puede realizar. En el caso de estos últimos, “se incluyen aquellos gastos que se han realizado para mantener la vivienda habitable, como los gastos en instalaciones, climatización, etc.”.
Los intereses de préstamos o créditos que estén relacionados con la adquisición de la vivienda y los impuestos y tasas municipales, como son I.B.I., basura, etc., que tenga que pagar también son gastos deducibles.
Los propietarios se podrán deducir como gasto deducible el 3% del valor catastral de construcción del inmueble en concepto de amortización, así mismo se podrán amortizar los muebles de la vivienda con el 10% con un período máximo de 20 años.
Dentro de los gastos deducibles fiscalmente como propietario/arrendador también hemos de considerar los seguros. En este capítulo se podrían deducir las primas del seguro de hogar de la vivienda arrendada, y la prima pagada por el seguro de impago de renta de alquiler.
Para terminar, debemos recordar que “Hacienda tiene la facultad de revisar nuestras cuatro últimas declaraciones de la Renta (IRPF), por lo que debemos guardar todos los justificantes como facturas, certificados o recibos que acrediten los gastos para poderlos aportar ante la Agencia Tributaria, durante ese periodo.
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